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Segundo Dividendo Digital: ¿En qué consiste y cuál es la cuantía de las ayudas?

El 30 de junio del 2020 es la fecha tope para el Plan Nacional para la TDT. Se aprobó de urgencia en el consejo de Ministros este segundo dividendo digital el pasado 8 de marzo, donde los canales de televisión pasaran de la frecuencia de 700Mhz a frecuencias más bajas y así dejar libre esa banda para las telecomunicaciones móviles y el esperado 5G.

¿Qué es el segundo dividendo digital?

Nuestros canales de televisión de encuentran ubicados en la banda de 700 Mhz (entre los 694 y los 790 Mhz) y lo que se quiere realizar es desplazar esas emisiones a otras frecuencias dejando libre la de 700Mhz para que las operadores la ocupen y puedan desplegar la tecnología 5G. Favoreciendo también a muchas zonas rurales que no disfrutaban o encontraban problemas con su conectividad.

Como ocurrió en el 2014 con el primer dividendo, donde tuvimos que adaptar nuestras antenas y televisiones, tendremos que pasar por el mismo proceso, ya que se procederá a cambiar los canales nuevamente de frecuencia.

Deberán recurrir durante un tiempo al simulcast, una emisión simultánea en la antigua y la nueva franja, hasta que se muden definitivamente. Tendremos que volver a re-adaptar las antenas de nuestros edificio y re-sintonizar los canales en nuestros televisores.

 

¿Se ofrecen ayudas para el segundo dividendo?

El Gobierno ha establecido el plan de ayudas para gestionar el dividendo que te detallamos a continuación:

¿Cómo solicitar las ayudas?

Todavía no se ha dado todos los detalles, que todavía están pendientes de publicación,  pero si sabemos que las ayudas del estado solo podrán tramitarse a través de la sede electrónica de la Entidad Pública Empresarial Red.es o del Ministerio de Economía y Empresa.

Se tendrá que presentar, vía electrónica la documentación solicitada antes del 30 de septiembre del 2020. El detalle se dará en la convocatoria donde se establecerán los requisitos, documentación y plazos de presentación.

El representante legal del edificio o un representante con autoridad dada por los propietarios del edificio, podrán realizar la gestión para solicitar la subvención. También los administradores de fincas y los instaladores que realicen el servicio podrán ser autorizados para este trámite.

Documentación necesaria para su tramitación

Hasta ahora, los documentos necesarios que estipulan son los siguientes:

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